El Arraigo Social

por | 25/02/2019 | Extranjería

Tramitación del Arraigo Social en Tenerife

El arraigo social se configura jurídicamente como una autorización de residencia temporal por cumplirse una serie de circunstancias de carácter excepcional. 

¿A quién se concede?

Se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente.

¿Qué requisitos se han de cumplir?

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicaron el régimen comunitario.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados Miembros del Espacio Schegen.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retomar voluntariamente a su país de origen.
  • Haber permanecido con carácter continuado en España durante un período mínimo de tres años. Para que este requisito se cumpla, las ausencias de España durante este período no pueden superar los 120 días.
  • Tener vínculos familiares (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y llena directa) con otros extranjeros residentes o con españoles, o bien, presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma la ha autorizado) o cuyo territorio tenga su domicilio habitual.
  • Contar con un contrato de trabajo firmado o varios contratos de una misma ocupación de duración mínima de un año, que la suma de su jornada semanal no sea inferior a 30 horas en computo global. También podrán aportarse medios económicos de un familiar o desarrollar una actividad por cuenta propia con los requisitos de ésta.

¿Cómo se demuestra la permanencia en España?

Este tipo de autorización suelen solicitarlo aquellos extranjeros que se encuentran en España en manera irregular pero también puede darse, en aquellos otros los cuales no cumplen los requisitos para renovar su autorización inicial de residencia en España. La documentación que podremos presentar será la siguiente: Certificado de empadronamiento, hospitalización, a una consulta medica en la sanidad publica, cuenta bancaria, etc. Toda la documentación tendrá que contener los datos del solicitante y deberá ir original y copia para el cotejo.

Información del procedimiento

La Documentación exigida legalmente se presenta en la Oficina de extranjería de la provincia en la que el extranjero tenga fijado su domicilio.

El extranjero podrá presentar la solicitud y la documentación personalmente, o bien mediante su representante legal en el supuesto de menor de edad o incapaz realizaran la solicitud. También es aconsejable encomendar el encargo a un Abogado especialista en Extranjería para asegurarse que la tramitación  sea la adecuada, y en consecuencia la Resolución que en su día se dicte salga favorable.

La concesión de la autorización de residencia, llevará aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena, cuenta propia o simplemente de residencia en España dependiente de supuesto por el cual opte el extranjero

El tiempo del que dispone la Oficina de Extranjería de Santa Cruz de Tenerife para resolver la solicitud es de 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en la que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin qué la Administración haya practicado la notificación se podrá entender que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo.

Ante cualquier duda no dude en consultarnos, somos un Despacho de Abogados expertos en Derecho de Extranjería. También te invitamos a leer nuestro artículo sobre cómo obtener la nacionalidad española.

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